8 abril 2019
Una condena solo simbólica
El Tribunal de Policía de Alès (Francia) condenó el lunes 8 de abril al director del matadero de dicha población, a tres multas de 750 euros cada una por «instalaciones y equipos no conformes». L214 ha presentado una denuncia contra el Estado francés ante el Tribunal Superior de lo Civil en París sobre los 172 delitos por «malos tratos» restantes no enjuiciados y la demora en la transmisión del expediente penal.
Para Brigitte Gothière, portavoz de la asociación: «Esta condena no es disuasiva, ¡es simplemente simbólica! Es gratificante ver que, al menos, se juzga el caso, pero ¿a qué director de matadero le preocupará que el matadero cumpla con los requisitos, sabiendo las penas irrisorias a las que se expone?
Los animales continúan siendo matados en un sufrimiento incrementado debido al incumplimiento de la normativa. Un ejemplo reciente en noviembre pasado cuando mostramos imágenes del matadero Boischaut en el departamento del Indre. Se necesitan más de 7 meses de cierre para adaptar el matadero a los estándares normativos.
A falta de detener la matanza diaria de más de 3 millones de animales, tengamos al menos la decencia de evitarles más sufrimiento en el momento de su muerte. «
De hecho, este castigo es irrisorio en vista del sufrimiento agudo adicional que se les inflige a los animales: dos de estos delitos se refieren a trampas de sujeción destinadas a inmovilizar a los caballos y al ganado vacuno en el momento de su aturdimiento. Estas no conformidades se traducen concretamente en el fallo del aturdimiento, los animales sangran mientras están conscientes, lo que desafortunadamente se puede notar en las imágenes. Además, respecto a la tercera infracción, los animales que ya colgaban de la cadena de sangrado estaban a la vista de los animales que aún estaban vivos.
Los delitos por «malos tratos» desestimados por la fiscalía no han sido juzgados.
L214 presenta una denuncia contra el Estado por disfunción de la justicia.
La Fiscalía procesó solo tres delitos, aquellos por los cuales el director del matadero fue condenado, de los 175 registrados durante la investigación judicial por los expertos del Equipo Nacional de Investigación Fitosanitaria y Veterinaria (BNEVP), por encargo de la propia Fiscalía. El fiscal, durante la audiencia en el Tribunal de Policía de Alès, justificó su posición argumentando que la datación de las imágenes no era suficiente. Sus colegas de Pau (matadero de Mauléon-Licharre) y Versailles (matadero de Houdan), enfrentados a las mismas dificultades, no dudaron en utilizar los medios judiciales a su disposición, sin compararación con de los de una asociación, para confirmar las fechas de los videos. Por lo tanto, la ausencia de control de la inconsciencia de los animales, el sangrado tardío y el corte de la garganta de los animales se eliminaron del archivo.
Además, el expediente penal no se envió a los abogados de L214 hasta después del período de prescripción de estos 172 delitos, lo que impidió el enjuiciamiento por citación directa a iniciativa de la asociación.
Ante estos impedimentos, L214 ha decidido presentar una queja contra el Estado por disfunción de los servicios judiciales, considerando que la falta de enjuiciamiento de 172 delitos identificados por la investigación judicial constituye un grave error y que la transmisión tardía del expediente de la causa penal es una denegación de justicia. El calendario procesal aún no está establecido.
Fuente de información: L214 Éthique et Animaux – Francia